Artículo de Emiliano Balaguer, miembro del Programa Facultad Abierta
“Empresas recuperadas por los trabajadores, balance y pespectivas”
Un repaso de los avances -y no tanto- de la década que vio emerger al movimiento de empresas recuperadas. Aportes a un balance necesario en esta nueva etapa signada por un gobierno que apuesta al libremercado y el ajuste a los de abajo.
Originalmente publicado en la Revista Julio 19 el 20 de enero de 2016
Cuando los compañeros tuvieron la gentileza de
invitarme a escribir un artículo sobre Empresas Recuperadas por los
Trabajadores (ERT) estábamos en un contexto pre-electoral en el que suponíamos
que Daniel Scioli sería el futuro presidente de los argentinos. Bajo ese supuesto,
me parecía que la nota debería tratarse de un balance del movimiento
constituido por las ERT desde que éstas irrumpieran con fuerza en el escenario
post 2001 y analizar cuáles serían las necesidades y prioridades de estas
empresas autogestionadas en las que debería concentrarse el Ministerio de la
Economía Popular, una promesa de campaña presentada nada más y nada menos que
en IMPA, una de las ERT más emblemáticas del movimiento. Pero ganó Macri y el
escenario que se abre cambia por completo: si había algunas áreas en las que
podían advertirse matices entre los distintos candidatos de la oferta electoral
(matices que algunos nos lanzamos a buscar especialmente cuando llegó el
momento del ballotage), la cuestión de las empresas recuperadas es
indudablemente una de ellas.
SIN PATRÓN
¿Qué son las ERT? Desde Facultad Abierta1
se define a las ERT como “un
proceso social y económico que presupone la existencia de una empresa anterior,
que funcionaba bajo el molde de una empresa capitalista tradicional (inclusive,
en algunos casos, bajo formas legales cooperativas) y cuyo proceso de quiebra,
vaciamiento o inviabilidad llevó a sus trabajadores a una lucha por su puesta
en marcha bajo formas autogestionarias”. La definición supone al
trabajador como un sujeto activo en el proceso de recuperación de la unidad
productiva, es decir, no se trata de la reactivación de cualquier unidad
económica por parte de cualquier otro actor (supongamos otro empresario o el
Estado), sino que es llevada adelante por las mismas personas que fueran
explotadas por el patrón que decidió cerrar la empresa en un proceso que por lo
general no está exento de conflictos (muchas veces de manera premeditada y con
un vaciamiento previo en el que además de perjudicar a los trabajadores
perjudican también a proveedores y acreedores financieros). Bajo esta
definición se encuadran las empresas recuperadas que emergieron en el escenario
de crisis del año 2001 y subsiguientes y cobraron notoriedad internacional al
punto de ser inspiradoras de la toma y recuperación de empresas en otras partes
del mundo. No obstante, no todas pertenecen a este periodo: un 14,6% de las ERT
relevadas en el 2010 por Facultad Abierta eran anteriores al año 2001.
Entonces, lo primero que quisiera rescatar de esta
definición es el rol activo del colectivo de los trabajadores durante el
proceso de recuperación y la evolución desde la gestión patronal hacia la
autogestión. Esto nos lleva a preguntarnos también por las transformaciones (y
las resistencias a estas transformaciones) que operan en la subjetividad de los
trabajadores durante este proceso que suele ser conflictivo.
Junto a esta definición, conviene enumerar una serie de
características que suelen presentarse en este tipo de organizaciones,
características que aunque no son esenciales (es decir, no se encuentran
presentes en todas ellas) dan cuenta de las variadas posibilidades de
transformar la empresa y trascender su rol de agente económico productivo. No se
trata ya solamente de conservar la fuente de trabajo.
El 95% de las empresas recuperadas se constituyen bajo
la forma jurídica de cooperativa, por ser la más apropiada y conveniente –desde
cierto punto de vista- para mantener en
funcionamiento la empresa ahora en manos de los trabajadores. Acá ya conviene
distinguir a la cooperativa en tanto forma jurídica, que establece cierta
institucionalidad (la que establece la ley de cooperativas N° 20337/73) de la
cooperativa en tanto colectivo de trabajadores autogestionados. Las ERT podrían
asumir la forma jurídica para continuar explotando la empresa sin introducir
ningún cambio en la gestión, manteniendo las jerarquías y la desigualdad en el
cobro de salarios (que en las cooperativas son denominados “retiros”) pre-existentes
en la etapa bajo patrón. O bien, más allá de que asuman o no la forma jurídica
de cooperativa, los trabajadores de las ERT podrían subvertir el orden
pre-existente de jerarquías y desigualdades económicas para pasar a tomar las
decisiones colectivamente en asambleas y cobrar todos la misma cantidad de
dinero. De los relevamientos de Facultad Abierta se desprende que las ERT se
inclinaron hacia la segunda opción y aún cuando existen diferencias en el cobro
de retiros éstas fueron decididas colectivamente en asamblea por los propios
trabajadores.
EL KIRCHNERISMO Y LAS ERT. UN BALANCE PROVISORIO
Una década y media después de la irrupción del
movimiento podemos hacer un balance provisorio. En principio cabe señalar que
si bien emergieron en un contexto de crisis económica, social, política e
institucional (el 60% de las relevadas en el 2010 surgió entre el 2001 y el
2004) –periodo en el que también aparecieron otros actores como los movimientos
de desocupados y las asambleas barriales-, tras la posterior reactivación
económica del año 2003 no sólo continuaron existiendo sino que continuaron
apareciendo. Las ERT, al contrario de lo que muchos suponían, no fueron un
fenómeno aparecido en época de crisis económica marcada por el desempleo
estructural y destinadas a desaparecer una vez que la crisis diera lugar a la
etapa de despegue económico con generación de empleo. Todo parece indicar que
cada vez que un empresario decida cerrar su propia empresa, verá en el
horizonte la posibilidad (para ellos la amenaza) de que los trabajadores se
resistan a abandonar sus puestos de trabajo, se organicen colectivamente y
tomen la empresa para autogestionarla. No es casual que en el año 2011 se reformara
la ley de quiebras de manera tal que los jueces deban contemplar en primer
lugar esta posibilidad de que los trabajadores continúen explotando la empresa
bajo la forma de cooperativa, siempre y cuando consideren que la propuesta de
los trabajadores es viable. Esta reforma fue impulsada por un sector del
movimiento de ERT liderado por Luis Caro, un abogado que en sus vaivenes
políticos supo acercarse al kirchnerismo y cuya mirada legalista se opuso
sistemáticamente a la ocupación de las fábricas desde los inicios del
movimiento. Otros sectores del movimiento (muchos incluso con una adhesión más
consistente al kirchnerismo que la demostrada en sus vaivenes por Luis Caro)
–además de levantar la consigna Ocupar, Resistir y Producir-, si bien
participaron en la discusión de esta ley una vez que ésta arribó al Congreso,
en realidad lo que perseguían era una ley nacional de expropiación de las ERT
que solucionara definitivamente el principal problema del sector: la propiedad
del inmueble, de las máquinas e incluso de las marcas y patentes. La nueva ley
de quiebras, de acuerdo al IVº relevamiento de Facultad Abierta –centrado en
las recuperaciones posteriores al año 2010- terminó alargando los períodos
conflictivos a raíz de su judicialización y no devino en un facilitador de las
recuperaciones. Al margen de sus limitaciones, la reforma de la ley de
quiebras es reflejo de cierta institucionalidad que da cuenta del sostenimiento
en el tiempo del fenómeno de las ERT, al punto tal que en el año 2011 (ocho
años después de iniciada la reactivación y habiendo sorteado la crisis internacional
de los años 2008/2009) desde el Estado no se hizo otra cosa que plasmar en una
ley algo que los trabajadores venían llevando a cabo en los hechos.
Ahora bien, esta institucionalidad de las ERT cuenta
aún con una serie de problemas. En principio se regulan por la ley de
cooperativas del año 1973, formulada en aquella oportunidad para otro modelo de
cooperativismo. Pensada para reglamentar al movimiento cooperativista en
general -y no en las particularidades de las cooperativas de trabajo- en dicha
norma los trabajadores se ven reducidos a su carácter de socios; no define
cuáles son los derechos que les asiste en tanto trabajadores (aunque es preciso
señalar que no abundaban por aquel entonces las cooperativas de trabajo). En
este vacío legal, que desconoce las particularidades del trabajador que
pertenece a un colectivo de trabajo autogestionado, se va gestando la
concepción que deriva en la resolución 784 del año 1992 de la ANSES (organismo
que regula la seguridad social), la cual establece que al no existir un
empresario con el cual se tenga una relación de dependencia, los miembros de
una cooperativa de trabajo deben considerarse trabajadores autónomos (como si
se tratara de cualquier cuentapropista). Por esta razón carecieron y carecen de
los beneficios en materia de seguridad social que sí tiene un trabajador
explotado por un patrón. Recién en 1999, mediante otra resolución –en este caso
la 619 de AFIP- los cooperativistas pueden acceder a algunos beneficios de la
seguridad social a través del monotributo (un régimen impositivo creado en 1998
que buscaba regular el creciente empleo informal o en negro y facturar a los
trabajadores autónomos). Con esta última resolución, que les posibilita acceder
a una obra social y pagar sus propios aportes jubilatorios, se completa lo
sustancial del marco regulatorio relativo a la seguridad social aplicado
actualmente por las cooperativas.
En relación a la jubilación, cabe destacar que en el
caso de las ERT el vaciamiento efectuado por el patrón muchas veces empezó por
el no pago de aportes patronales (lo cual era advertido recién en pleno
conflicto) y por las particularidades de nuestro sistema, en las que no vamos a
ahondar en este artículo, aquellos trabajadores próximos a jubilarse se ven
destinados a cobrar la mínima.
Otro aspecto de la seguridad social que repercute no
sólo en los trabajadores sino en el colectivo de trabajo autogestionado al que
pertenecen, es que las ERT no tienen acceso al sistema de riesgos del trabajo,
dado que la ley dice que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) deben
cubrir sólo a trabajadores bajo relación de dependencia. Por esta razón, los
trabajadores autogestionados pueden en el mejor de los casos optar por
contratar un seguro personal contra accidentes, que para empezar suelen ser más
caros que los que cobran las ART. Además las ERT no pueden cobrar los días de
baja laboral que las empresas que sí cuentan con ART –es decir, las empresas
capitalistas tradicionales- pueden percibir a partir luego de los primeros diez
días (lo cual les permite cubrir el salario del trabajador enfermo o
accidentado y contratar a un trabajador temporario que cubra ese puesto de
trabajo).
Estos problemas relacionados con la seguridad social,
que una última resolución (la 4664 dictada a fines del año 2013 por el INAES,
órgano rector de las cooperativas), trató de resolver forzosamente y sin éxito,
no son menores y hasta podrían inducir a los trabajadores a no optar por la
autogestión y a preferir buscar ser explotados por un (nuevo) patrón.
Por otro lado, las ERT no suelen ser consideradas
sujetos de crédito por los bancos y otras instituciones financieras, ya sea
porque prefieren no trabajar con cooperativas o porque éstas no poseen la
propiedad del inmueble ni de las máquinas para colocar como prenda hipotecaria.
Además, cabe suponer que la probabilidad de un eventual desalojo que pueda
poner fin a la actividad de la empresa puede disuadir a cualquier institución
crediticia de otorgar a una ERT cualquier tipo de préstamo.
Para cerrar el balance, se le podrá objetar al
kirchnerismo no haber sacado una ley de expropiación definitiva para todas las
empresas recuperadas, que en lugar de eso realizó una reforma sustancial, sí,
en la ley de quiebras, pero con muy poca incidencia en la práctica, al menos hasta
el momento. Se le podrá objetar haber mantenido a las ERT bajo la categoría
marginal de “Economía Social y Solidaria” -un error conceptual en el que por
otra parte caen no solamente el kirchnerismo y cuya problematización ameritaría
un artículo aparte- negándose a brindarles las mismas posibilidades y
facilidades que a otras empresas (capitalistas) que se benefician de jugosos
préstamos y subsidios (la negativa de otorgarle a Zanón los créditos del
bicentenario pienso que podría leerse también en esta clave). Se le podrá
objetar por qué recién a quince días de abandonar el gobierno vota en el
congreso leyes de expropiación para la emblemática fábrica IMPA y para el no
menos emblemático Hotel BAUEN (que obtuvo media sanción), habiendo cajoneado a
lo largo de los años (¡doce años!) otros proyectos que fueron perdiendo estado
parlamentario2.
A pesar de estas y otras tantas objeciones también es posible advertir casos
aislados en los que el apoyo a las empresas recuperadas fue más enérgico (por
ejemplo en el caso de la cooperativa Textiles Pigüé, donde las gestiones de
Néstor Kirchner fueron decisivas para que la fábrica sea expropiada a favor de
los trabajadores) y distintas políticas públicas que, aunque podríamos
calificar de tibias, no dejaban de ser un apoyo para el sector (caso del
subsidio otorgado vía la línea 1 del Programa Trabajo Autogestionado, que por otra
parte nace precisamente a partir de la exigencia de las empresas recuperadas a
tener el mismo trato que el Estado le brindaba al sector privado, al que les
otorgaba el REPRO – Programa de Recuperación Productiva).
Ahora bien, si hacemos un breve repaso de los posicionamientos y políticas
adoptadas por el PRO en la Ciudad de Buenos Aires, veremos que no sólo no
existen casos aislados ni políticas públicas insuficientes sino más bien un
ataque sistemático al movimiento de empresas recuperadas por los trabajadores.
LOS ANTECEDENTES DEL MACRISMO PARA EL ESCENARIO QUE SE
PROYECTA
El 29 de diciembre de 2004, la gran mayoría de las
empresas recuperadas de la Ciudad de Buenos Aires –probablemente todas a
excepción del Hotel BAUEN- obtuvieron la sanción de la ley 1529, mediante la
cual consiguieron la expropiación temporaria de los inmuebles e instalaciones.
Cabe aclarar que de acuerdo a esta ley las cooperativas se comprometían a
abonar en 20 años lo que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires le pagara a
los ex dueños de dichas propiedades en carácter de indemnización. O sea, a los
trabajadores no se les regalaba nada. Una de las pocas excepciones no
contemplada dentro de las expropiaciones de la ley 1529 a favor de las
cooperativas fue la del Hotel BAUEN, dado que la trama de la disputa por la
propiedad era mucho más compleja: el hotel había sido vendido en el año 1997
por la familia Iurcovich a Félix Solari, un empresario chileno que nunca
terminó de pagar lo estipulado en el contrato de compraventa a raíz de lo cual
la propiedad del hotel se encontraba en disputa en sede judicial. Pocos años
después, momento en que la justicia ya había fallado a favor de los Iurcovich
en su disputa con Solari, los trabajadores del Hotel BAUEN lograron que se
presentara un proyecto de ley de expropiación a favor de la cooperativa. La
madrugada del 7 de diciembre de 2005 concurrieron a la sesión de la Legislatura
porteña donde se trataría este proyecto y se llevaron una desagradable
sorpresa: el legislador Mario Morando, de Compromiso Para el Cambio (el partido
con el que Mauricio Macri arribara a la arena política) logró imponer su propio
proyecto que iba en el sentido contrario y le devolvía el hotel a Mercoteles,
la firma de los Iurcovich. Los trabajadores que habían irrumpido en la sesión
para reclamar que se votara el proyecto que hubiera solucionado el problema de
la cooperativa fueron desalojados por la policía y brutalmente reprimidos. Cabe
señalar que el Hotel BAUEN durante su etapa bajo patrón adeudaba millones de
pesos a la Ciudad de Buenos Aires en concepto de ABL. Al macrismo no le importó
este antecedente ni tampoco otro mucho más grave: el mismo hotel había sido
construido a través de créditos blandos del BANADE (Banco Nacional del
Desarrollo) –facilidad otorgada por la última dictadura con miras al mundial de
fútbol del ‘78- que la familia Iurcovich jamás pagó.
En cuanto a las cooperativas favorecidas por la ley
1529, Mauricio Macri vetó en el 2011 y en el 2013 las leyes 4008 y 4452,
respectivamente. Las normas vetadas prorrogaban los plazos de la 1529, con lo
cual las ERT de CABA quedaron sin protección estatal.
Sobre estos antecedentes se proyecta un escenario
complicado para la consecución de nuevas conquistas. No obstante, si algo
caracterizó al movimiento de las ERT fue precisamente su capacidad de inventiva
en situaciones adversas. Asimismo, algunos elementos que no hemos desarrollado
en este artículo tienen que ver con el grado de organización que supieron darse
entre sí –hoy plasmado en diversas redes institucionales y productivas como
FACTA, Red Gráfica, Red Metalúrgica o la Federación de Cooperativas
Autogestionadas de la Carne y Afines, entre otras- así como los lazos de
solidaridad que construyeron con la comunidad en las que éstas empresas estaban
insertas (lazos que fueron decisivos en los procesos de recuperación), lo cual
en varias oportunidades derivó en diversos proyectos que funcionan en espacios
cedidos por los trabajadores dentro de las propias ERT (Centros Culturales,
Bachilleratos Populares, entre otros). Sobre este tipo de elementos solidarios
puede construirse la resistencia. Y quizás, por qué no, seguir avanzando.
Emiliano, Estudiante de Comunicación (UBA)y voluntario en Facultad Abierta
1 Facultad Abierta es un Programa de
Extensión Universitaria de la Facultad de Filosofía y Letras (UBA) que desde el
marzo del año 2002 produce conocimiento en torno a las Empresas Recuperadas por
los Trabajadores junto a quienes protagonizan la recuperación de estas
empresas, es decir, los propios trabajadores. Participan de este espacio de
investigación, dirigido por Andrés Ruggeri, estudiantes, docentes y graduados
de diversas especialidades, provenientes principalmente de las ciencias
sociales. Las definiciones y datos citados textualmente en este artículo
pertenecen a los libros e informes elaborados colectivamente por el programa y
sus originales se encuentran disponibles en la página de Facultad Abierta: http://www.recuperadasdoc.com.ar.